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Resumen
Si la cesión de crédito es la sustitución de la relación activa de la obligación, la cesión de deuda viene a ser el aspecto pasivo, aunque se diferencian nuclearmente en que en la primera el acreedor puede, en virtud de un acuerdo, traspasar su derecho de crédito, mientras que en la segunda, en principio, este traspaso no es libre y presupone un acuerdo entre el acreedor y el deudor primario o entre este y el deudor cesionario.